Es necesario que actualices a la última versión para garantizar el cumplimiento del nuevo marco legal de los artículos 29.2.j) y 201.bis de la Ley General Tributaria.
La Ley 11/2021 de Medidas y prevención contra el fraude fiscal, entre otras disposiciones, modifica la Ley General Tributaria, que en el artículo 29, apartado 2 la letra J, que indica: «La obligación, por parte de los productores, comercializadores y usuarios, de que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos».
Además, el régimen sancionador impone multas de 50.000€ por ejercicio a los usuarios que no cumplan con estas nuevas normas.
A partir de la entrada en vigor de las nuevas medidas (11 de octubre de 2021), hay dos nuevas obligaciones muy importantes que se deben cumplir:
1ª) Los programas informáticos deben guardar un registro sistematizado de los cambios que se produzcan en los datos, es decir: Si por ejemplo modificamos un ticket de venta, debe quedar anotado en el programa como estaba el registro antes, cuándo se modificó, por quién y qué cambios se hicieron. Esto no quiere decir que no podamos modificar o eliminar datos, sino que si lo hacemos tiene que quedar un registro informático de lo que hayamos hecho.
Esto es lo que se denomina ‘trazabilidad’ de los datos y que en HAIR-VISION hemos solucionado implementando un sistema de registro de transacciones, que además otorga al programa más ventajas.
2ª) Los usuarios deben garantizar además la conservación de los datos.
Para ayudar al cumplimiento de esta nuevas normas, ponemos a disposición de todos nuestros usuarios un servicio de copias automáticas; naturalmente el usuario puede utilizar nuestro servicio u otro a su elección, pero debe utilizar alguno.
¿Por qué hay que actualizar el programa?
Ni versiones anteriores de HAIR-VISION ni las versiones actuales previas a la última actualización cuentan con la tecnología de registro de transacciones, y por tanto no cuentan con la trazabilidad de los datos, POR ELLO ES IMPRESCINDIBLE ACTUALIZAR EL PROGRAMA PARA PODER SEGUIR USANDOLO a partir de la entrada en vigor de las nuevas normas (11 de octubre 2021).
La licencia de uso de cualquier versión de HAIR-VISION previa a la última actualización ha decaído, ya que su uso no es conforme a la ley y naturalmente la licencia de uso está supeditada al cumplimiento a la misma.
Además, la ley ahora establece un vínculo entre los usuarios y los fabricantes y también los distribuidores de los programas informáticos, para estos últimos –fabricantes y distribuidores- también existe un régimen sancionador.
De esta forma, a partir de la entrada en vigor de la nueva ley, los fabricantes de los programas de gestión y contabilidad tenemos responsabilidades derivadas del uso de nuestros productos por parte de los usuarios.
Si dispones de una versión antigua de uno de nuestros programas y tienes el soporte contratado, HAIR-VISION te suministrará la versión actual sin coste adicional, hasta el 31/12/2021.
Si tienes una versión actual, pero sin actualizar, debes actualizarla a la última.